¿Qué es una ITE (Inspección Técnica de Edificios)?

La inspección Técnica de Edificios o más conocida comúnmente por sus siglas (ITE), consiste en una inspección visual del edificio. Esta, es realizada por un técnico competente que tiene por objeto determinar el estado del edificio en el momento de la inspección. Su objetivo es orientar a los propietarios sobre las actuaciones que se deben realizar para cumplir con el deber de conservación y mantenimiento. En ningún caso tiene por objeto detectar vicios ocultos de la vivienda.

Todo ello se realiza con el fin de obtener un certificado de aptitud del edificio por parte de La Agencia d’Habitatge de Cataluña.

¿Qué edificios tienen que pasar la ITE?

Los edificios con uso de vivienda que cumplan lo siguiente:

  • Edificios plurifamiliares: El año que cumplan los 45 años de antigüedad desde la fecha de construcción del catastro.
  • Edificios unifamiliares: Según el programa de inspecciones dictado por la Generalitat de Cataluña:

¿Quién tiene que solicitar la Inspección Técnica de Edificios?

Es una obligación de la propiedad y en caso de edificios en régimen de propiedad horizontal debe ser la comunidad de propietarios quien la solicite. No hacerla constituye una infracción que puede ser objeto de sanción.

¿Cómo se obtiene el Informe de Inspección Técnica de Edificios?

  1. Nuestra arquitecta técnica, realizará una visita a los inmuebles para obtener los datos necesarios. Toma de datos del propietario, comprobación de condiciones técnicas de salubridad, higiene y solidez de la vivienda, toma de fotografías, etc). Todo lo necesario para determinar el estado del edificio. Indicando y cualificando las deficiencias existentes, así como orientar a la propiedad en las actuaciones que se deben realizar. Esta inspección es ocular y no tiene intención de detectar irregularidades urbanísticas ni vicios ocultos en las viviendas.
  2. La técnica realiza el informe de Inspección Técnica de Edificios de acuerdo con el modelo normalizado y el formato aprobado por la Agencia d’Habitatge de Cataluña y se le entrega al propietario.

¿Cómo se obtiene el certificado de aptitud y qué vigencia tiene?

  1. Una vez la técnica haya realizado el Informe de la Inspección Técnica de Edificios se debe presentar directamente, o mediante un/a representante autorizado, en l’Agència de l’Habitatge de Catalunya con el fin de solicitar el certificado de aptitud correspondiente, en un término máximo de 4 meses a partir de la fecha de cierre del informe técnico. En el caso que no se presente el informe de inspección técnica dentro de este plazo, la Agència de l’Habitatge emitirá una resolución de inadmisión de la solicitud del certificado de aptitud.
  2. Ejecutar de manera inmediata y urgente las posibles medidas cautelares requeridas en el informe, en el supuesto que no hayan estado anteriormente ejecutadas.
  3. Aprobar un programa de rehabilitación cuando se hayan detectado deficiencias que requieran la supervisión per parte de profesionales técnicos competentes y constituir un fondo de reserva específico para responder a los gastos que se deriven de las obres previstas en el programa y ejecutar las obres de rehabilitación necesarias.
  4. Presentar en la administración correspondiente, la documentación acreditativa de la elaboración, la presentación del informe y la aprobación del programa de rehabilitación y su cumplimento.

Vigencia del certificado de aptitud:

Según las deficiencias que consten en el informe de Inspección Técnica se pueden obtener las siguientes vigencias:

¿Qué coste tiene un ITE?

El coste de la Inspección Técnica de Edificios hoy en día es muy variable debido a la alta oferta de técnicos que realizan este tipo de trámite. Pero debe tener en cuenta el precio del técnico que realiza el trámite más las tasas a pagar que son fijas y dependen del tipo de inmueble y sus entidades.

El coste económico derivado de la inspección técnica es a cargo de los propietarios. En el caso que los propietarios no puedan asumirlo, las administraciones públicas pueden subvencionar el coste de la ITE si piden ayudas para financiar las obras de rehabilitación correspondiente y son otorgadas dichas ayudas.

La falta de recursos no exime a la propiedad de la obligación de hacer la ITE.

Si necesita tramitar la Inspección Técnica de Edificios no dude en contactar con nosotros.